Las visas C y D se utilizan para empleados que necesitan viajar a través de Estados Unidos por motivos laborales y no realizarán paradas para otros fines, como visitar a un familiar o realizar negocios fuera del ámbito designado por la visa. Nuestro abogado especializado en visas C y D en Nueva Jersey está listo para ayudarle a obtener la visa que necesita.
Permisos y limitaciones de la visa C y D
La norma general para los titulares de una visa de tránsito C es que deben estar en tránsito inmediato y continuo por los Estados Unidos rumbo a su destino en el extranjero, y contar con fondos suficientes para dicho tránsito. Deberán acreditar esto con un billete de avión que demuestre su paso por el país. El período máximo de estadía es de 29 días.
Si viaja a través de los Estados Unidos para unirse a la tripulación de un barco o avión, deberá solicitar una visa de tripulante tipo D. Esta es una visa de trabajo para no inmigrantes destinada a personas que trabajan en aeronaves o embarcaciones internacionales, como cruceros.
Por lo general, los titulares de visas C y D no pueden cambiar su estatus si permanecen en los EE. UU. y solicitan un ajuste de estatus.
Obtenga ayuda de un abogado con experiencia en visas C y D.
Los abogados de visas C y D de Nueva Jersey en The Law Offices of Lloyd E. Bennett, Esq., PC han ayudado a trabajadores que viajan a gestionar sus trámites de visa desde 1987. Nuestro abogado fundador es el expresidente del capítulo de la Asociación Estadounidense de Abogados de Inmigración y cuenta con amplia experiencia en el sistema de inmigración. Nuestro bufete está aquí para ayudarle a obtener la visa correcta con suficiente antelación para evitar costosos problemas con el Departamento de Estado de los Estados Unidos. Llame ahora.