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El proceso de la tarjeta verde basada en el empleo
La mayoría de las categorías laborales exigen que el empleador estadounidense complete una certificación laboral para el solicitante y la presente ante la Administración de Empleo y Capacitación del Departamento de Trabajo. Dicha certificación contiene diversas declaraciones sobre el puesto ofrecido para proteger los empleos estadounidenses, y el Departamento de Trabajo debe aprobar o denegar la solicitud de certificación.
Si se requiere y se obtiene la certificación, el USCIS debe revisar y aprobar una petición de visa de inmigrante presentada por el empleador para el trabajador que desea inmigrar a los Estados Unidos.
El Departamento de Estado le dará al solicitante un número de visa de inmigrante, incluso si el solicitante ya se encuentra en los Estados Unidos. Cuando el solicitante recibe el número, significa que se le ha otorgado una visa de inmigrante. asigna al solicitante. Los números de visa son controlados por el Departamento de Estado y se encuentran publicados en el Boletín de Visas del Departamento de Estado.
- Si el solicitante es ya En Estados Unidos, deben solicitar el ajuste a la condición de residente permanente una vez que haya un número de visa disponible.
- Si el solicitante es outside En Estados Unidos, serán notificados y deberán completar el proceso en la oficina consular estadounidense más cercana.
Un abogado especializado en inmigración empresarial en Nueva Jersey podría ayudar a un solicitante a comprender los requisitos para su visa.
¿Cuáles son las categorías de visas basadas en el empleo?
Existen cuatro categorías principales de visas basadas en el empleo:
- Programa de Primera Preferencia de Empleo (EB1)
- Segunda preferencia de empleo (E2)
- Tercera preferencia de empleo (E3)
- Cuarta preferencia de empleo (E4)
A continuación, nuestro abogado en Nueva Jersey detallará cada empleo. tarjeta verde preferencia.
Acerca de EB1 – Habilidad Extraordinaria
EB1 cubre a los extranjeros con habilidad extraordinaria, destacados profesores e investigadores, ejecutivos o gerentes de empresas multinacionales.
Esta categoría está reservada para «ese pequeño porcentaje de personas que han alcanzado la cima en su campo de especialización». Un ejemplo de un premio importante y reconocido internacionalmente es el Premio Nobel. Otros premios también pueden ser elegibles si pertenecen a la misma categoría que un Premio Nobel.
Las personas con habilidades extraordinarias son aquellas que pueden demostrar habilidades extraordinarias en las ciencias, las artes, la educación, los negocios o los deportes. Los solicitantes en esta categoría deben tener en los detalles Documentación que demuestre reconocimiento y prestigio nacional o internacional sostenido en su campo de especialización. No necesitan una oferta de trabajo específica, siempre y cuando presenten pruebas de que ingresan a los EE. UU. para continuar trabajando en el campo en el que poseen habilidades extraordinarias. Dichos solicitantes no necesitan que un empleador presente una petición ante el USCIS en su nombre, ya que pueden autopetición. No se requiere certificación laboral.
Otros requisitos para la visa EB1
Debido a que pocos trabajadores reciben el Premio Nobel o un premio similar, el USCIS acepta la evidencia alternativa que se describe a continuación siempre que al menos three están satisfechos. Se pueden presentar otras pruebas comparables si no se aplican los siguientes criterios:
- Haber recibido un premio o galardón de menor prestigio, reconocido a nivel nacional o internacional, por su excelencia;
- Pertenencia a asociaciones del sector que exigen un rendimiento excepcional de sus miembros;
- Material publicado sobre el extraterrestre;
- Pruebas de que el extranjero es juez de las obras de otros en el campo;
- Evidencia de la contribución original de gran importancia del extraterrestre al campo;
- Autoría de artículos académicos;
- Exhibición de la obra del artista extranjero en exposiciones o muestras artísticas;
- Pruebas de que el extranjero ha desempeñado un papel de liderazgo o fundamental en organizaciones con una reputación distinguida;
- Pruebas de que el extranjero percibe una remuneración elevada en relación con otros en el sector; o
- Evidencia de éxito comercial en las artes escénicas.
EB1 – Profesores e investigadores destacados
Profesores e investigadores destacados con al menos three Se requiere experiencia de años en docencia o investigación, y reconocimiento internacional en un campo académico específico. No se exige certificación laboral, pero el empleador potencial debe ofrecer un puesto y presentar una solicitud ante el USCIS. El empleador no tiene que ser una universidad ni una institución educativa. Puede ser una empresa privada, siempre que emplee al menos a tres investigadores a tiempo completo. El empleador privado también debe tener logros documentados en el campo académico para el que se ofrece el puesto. La ley no exige la posesión de un doctorado.
Requisitos para EB-1
El profesor o investigador destacado debe cumplir al menos two de los siguientes criterios:
- Obtención de premios o galardones importantes;
- Pertenencia a asociaciones que exigen logros sobresalientes;
- Material publicado en revistas profesionales, escrito por otros, sobre el trabajo del extraterrestre;
- Participación como juez en los trabajos de otros en el mismo campo o en uno afín;
- Contribuciones originales de investigación científica o académica al campo; o
- Autoría de libros o artículos académicos en revistas especializadas de circulación internacional en el campo.
EB1 – Determinados ejecutivos y gerentes de empresas multinacionales
Esta categoría facilita la transferencia de ejecutivos de empresas internacionales. Un ejecutivo o gerente multinacional es aquel que ha trabajado fuera de los EE. UU. en un puesto directivo o ejecutivo durante al menos uno de los tres años inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud o, en el caso de un trabajador extranjero presente en los EE. UU., durante uno de los tres años anteriores a su entrada en el país como no inmigrante.
El empleo anterior debe haber sido con el mismo empleador, una filial o subsidiaria del mismo, y en un puesto directivo o ejecutivo. El trabajador extranjero debe venir a los EE. UU. para trabajar en un puesto directivo o ejecutivo para la misma empresa, que sea un empleador estadounidense y que tenga al menos un año de antigüedad. No se requiere certificación laboral para esta clasificación, pero el posible empleador debe ofrecer un puesto de trabajo y presentar una solicitud ante el USCIS.
La definición de gerente es la siguiente:
- administra la organización o un departamento;
- Supervisa y controla el trabajo de otros empleados con funciones de supervisión, profesionales o gerenciales, o gestiona una función esencial dentro de la organización, o un departamento o subdivisión de la misma;
- si otro u otros empleados están bajo su supervisión directa, tiene la autoridad para contratar y despedir o recomendar tales y otras acciones de personal o, si ningún otro empleado está bajo su supervisión directa, funciona en un nivel superior dentro de la jerarquía organizacional o con respecto a la función administrada; y
- Ejerce discreción sobre las operaciones cotidianas de la actividad o función para la cual el empleado tiene autoridad.
La definición de capacidad ejecutiva es la siguiente:
- dirige la gestión de la organización o de un componente o función principal de la misma;
- Establece los objetivos y las políticas de la organización, componente o función;
- ejerce una amplia libertad en la toma de decisiones discrecionales; y
- Recibe únicamente supervisión o dirección general por parte de ejecutivos de alto nivel, la junta directiva o los accionistas de la organización.
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E2 – Segunda preferencia de empleo
La segunda preferencia E2 es para extranjeros que pertenecen a profesiones con títulos avanzados o que poseen habilidades excepcionales en ciencias, artes o negocios. Esta categoría está destinada a profesionales con títulos avanzados o su equivalente, o que, debido a sus habilidades excepcionales en ciencias, artes o negocios, contribuirán sustancialmente a los intereses nacionales, culturales o educativos o al bienestar de los Estados Unidos, y cuyos servicios son solicitados por un empleador en los Estados Unidos.
En general, los solicitantes deben tener una oferta de trabajo y una certificación laboral aprobada por el Departamento de Trabajo (DOL). Los solicitantes con habilidades excepcionales en ciencias, artes o negocios pueden solicitar la exención del requisito de certificación laboral de una oferta de trabajo si dicha exención redunda en el interés nacional.
¿Quiénes son los profesionales con títulos avanzados?
Se consideran profesionales a aquellas personas que poseen un título superior al de licenciatura, es decir, una maestría o su equivalente, o una licenciatura y al menos cinco años de experiencia progresiva en la profesión.
¿Qué se considera una habilidad excepcional?
Las personas pueden demostrar una habilidad excepcional en las artes, las ciencias, los deportes o los negocios. Una habilidad excepcional significa tener un grado de experiencia significativamente superior al que se encuentra habitualmente en el campo, y esta habilidad beneficiará sustancialmente la economía nacional, la cultura, los intereses educativos o el bienestar de los Estados Unidos.
Esto se establece demostrando al menos tres de los siguientes seis criterios:
- Un expediente académico oficial que acredite un título, diploma, certificado o reconocimiento similar de un colegio, universidad, escuela u otra institución educativa relacionada con el área de la habilidad excepcional del extranjero;
- Al menos diez años de experiencia a tiempo completo en la ocupación, documentados mediante cartas de empleadores actuales o anteriores;
- Una licencia para ejercer la profesión o una certificación de la profesión u ocupación en cuestión;
- Pruebas de que el extranjero ha percibido un salario u otra remuneración por los servicios que demuestran una capacidad excepcional;
- Afiliación a asociaciones profesionales;
- Reconocimiento por logros y contribuciones significativas a la industria o al sector por parte de colegas, entidades gubernamentales u organizaciones profesionales o empresariales; y
- También se aceptan otras pruebas comparables.
E3 – Tercera preferencia de empleo
Las personas que entran en esta categoría son trabajadores cualificados, profesionales y otros trabajadores no cualificados.
Un trabajador cualificado debe tener dos años formación o experiencia, y el trabajo puede no ser temporal ni estacional.
Para ejercer esta profesión, se requiere un título de licenciatura estadounidense o equivalente y pertenecer a una de las profesiones reconocidas. El puesto ofrecido debe exigir un título de licenciatura para acceder a dicha ocupación.
Otros trabajadores incluyen obreros no cualificados, no temporales o de temporada.
En esta categoría se deben cumplir varios requisitos:
- Al extranjero se le debe ofrecer un puesto de trabajo fijo a tiempo completo;
- El Departamento de Trabajo debe certificar (aprobar una certificación laboral) que no hay trabajadores estadounidenses disponibles para cubrir el puesto;
- El extranjero debe cumplir con los requisitos mínimos para el puesto ofrecido y el empleador debe demostrar su capacidad para pagar el salario ofrecido.
A) Definición de trabajadores cualificados:
Los trabajadores cualificados son aquellos que ocupan puestos que requieren un mínimo de dos años de formación o experiencia. La formación postsecundaria pertinente se considera formación. Cabe destacar que el simple hecho de que un extranjero tenga dos años de experiencia no lo convierte automáticamente en un puesto cualificado.
B) Definición de profesionales:
Los profesionales deben poseer un título de licenciatura o un título extranjero equivalente, y el solicitante debe demostrar que dicho título es el requisito normal para acceder a la profesión.
C) Definición de otros trabajadores:
Otros trabajadores son aquellas personas capaces de cubrir puestos que requieren menos de dos años de formación o experiencia. La lista de espera actual para esta categoría es de aproximadamente 6 años.
E4 – Cuarta preferencia de empleo
Esta categoría es para inmigrantes especiales, que incluyen los siguientes:
Hay seis subgrupos:
- Trabajadores religiosos que vienen a ejercer la vocación de ministro de culto, o a trabajar profesionalmente en una vocación religiosa, o a trabajar para una organización exenta de impuestos afiliada a una denominación religiosa;
- Menores Inmigrantes Especiales (SIJ)
- Determinados empleados del Gobierno de los Estados Unidos que trabajan en el extranjero;
- Antiguos empleados de la Compañía del Canal de Panamá;
- Empleados jubilados de organizaciones internacionales;
- Determinados familiares a cargo de empleados de organizaciones internacionales;
- Ciertos miembros de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos; y
- Traductores y ciudadanos afganos e iraquíes que han apoyado las operaciones estadounidenses.
Esta categoría requiere una documentación sustancial. Póngase en contacto con nosotros para obtener más información.
E5 – Quinta preferencia de empleo
Para calificar, un extranjero debe invertir $900,000 millones en un Área de Empleo Prioritaria (TEA, por sus siglas en inglés) (áreas rurales o áreas con una tasa de desempleo al menos un 150% superior al promedio nacional) o $1,8 millones en una nueva empresa, creando al menos 10 nuevos puestos de trabajo para ciudadanos estadounidenses, residentes permanentes u otros inmigrantes legales, sin incluir al inversionista ni a su familia. Una persona también puede invertir $1.8 millones o $900,000 en un TEA a través de un centro regional, lo cual constituye una inversión colectiva.
Una vez que cumplan los requisitos, el extranjero y sus familiares recibirán un estatus condicional de 2 años y deberán eliminar las condiciones al final de dicho período.
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